¿CÓMO DEBEMOS FACTURAR UN SERVICIO DIGITAL A UN CLIENTE FUERA DE LA UE, CON O SIN IVA?

Mar 10, 2022 | Preguntas frecuentes

Con carácter general, si el servicio se presta a un destinatario que tiene la condición de empresario el servicio debe facturarse sin IVA. Si el destinatario del servicio es un particular la empresa deberá repercutir en factura el IVA o no, dependiendo del concreto servicio que se preste.

Si los servicios que se van a prestar son utilizados en España, dependiendo del concreto servicio que se preste, podría ser que debieran también facturarse con IVA aunque el destinatario fuese una empresa.

Tratándose de una cuestión fiscal sujeta a diferentes variables, recomendamos consultarlo con un experto en la materia.

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