Si suministramos nuestros productos a una empresa de la UE que nos solicita una prueba de origen , deberemos facilitar la Declaración de Proveedor o Declaración de proveedor a largo plazo (“Long Term Supplier’s Declaration”) conforme al Reglamento 952/2013, de 9 de octubre
Análisis por área
Selección de análisis jurídicos relacionados con el área consultada.
¿CÓMO DEBEMOS GESTIONAR LA EXPORTACIÓN DE UNA MERCANCÍA QUE VA A QUEDAR EN DEPÓSITO O CONSIGNA EN UN PAÍS NO COMUNITARIO?
Partimos del supuesto de que se trata de un envío definitivo de una mercancía que quedará bajo la propiedad y control de la empresa exportadora.
PARA EXPORTAR NUESTRO PRODUCTO A COREA DEBO REALIZAR EL TRÁMITE DD132. ¿EN QUÉ CONSISTE ESTE TRÁMITE?
El DD132 es el número de trámite que la Agencia tributaria tiene asignado procedimientos ante la autoridad aduanera.
¿QUÉ LEY SE APLICA EN CASO DE CONFLICTO CON UN CLIENTE INTERNACIONAL?
En España y en el conjunto de la UE se aplican las normas de conflicto previstas en el Reglamento (CE) 593/2008 (Roma I).
Según dicho Reglamento, en materia contractual prevalece la ley elegida por ambas partes de común acuerdo.
TENGO QUE REIMPORTAR UNA MÁQUINA QUE PREVIAMENTE HABÍAMOS EXPORTADO FUERA DE LA UE. ¿CÓMO TENEMOS QUE GESTIONAR ESTE RETORNO ANTE LA ADUANA ESPAÑOLA? ¿QUÉ IMPUESTOS DEBEREMOS PAGAR?
El retorno de una mercancía previamente exportada fuera de la UE, puede realizarse sin quedar sujeta a derechos de importación (arancel e IVA)
¿QUÉ TIPO DE INFRACCIÓN CONSTITUYE DECLARAR UN ORIGEN DE LA MERCANCÍA INCORRECTO?
La declaración de origen es una declaración tributaria que tiene efectos en la liquidación de impuestos.




