Compliance Internacional ¿Qué implica la Directiva 2024/1226? Claves y Riesgos para las empresas

Jul 30, 2025 | Contratos internacionales, Cumplimiento Normativo, Exportación, Legal

Aunque la Directiva 2024/1226 sobre definición de delitos y sanciones por la vulneración de medidas restrictivas de la Unión, se aprobó en abril de 2024, es ahora cuando su impacto empieza a sentirse con fuerza. Los Estados miembros de la Unión Europea tenían de plazo hasta mayo de 2025 para trasladarla a su legislación interna, y esto significa que las empresas deben adelantarse y revisar sus políticas en compliance internacional. No hacerlo a tiempo puede suponer consecuencias  graves en un futuro inmediato.

¿Qué implica la Directiva 2024/1226 en compliance internacional?

La Directiva nace para acabar con las diferencias que existían entre los distintos países a la hora de sancionar las infracciones relacionadas con medidas restrictivas de la UE. A partir de su transposición, todos los Estados deberán:

  • Tipificar como delito las violaciones de sanciones, incluso cuando se cometan con negligencia grave.
  • Contemplar que la evasión de sanciones internacionales puede generar responsabilidad penal
  • Extender la responsabilidad penal no solo a quienes ejecuten la infracción, sino también a quienes faciliten, inciten o no implanten controles suficientes.
  • Imponer multas proporcionales y disuasorias, que en muchos casos se vincularán al volumen de negocio de la empresa.
  • Dotar a las autoridades de herramientas más eficaces para detectar e investigar incumplimientos.

En la práctica, esto obliga a las empresas a demostrar que cuentan con mecanismos internos sólidos para prevenir riesgos en el comercio internacional como un programa de compliance internacional. El cumplimiento normativo en la UE exige adaptar los protocolos internos

¿Cómo va el proceso de implementación de la Directiva 2024/1226 ?

Los países más avanzados en la implementación con Países Bajos, Suecia y República Checa. En España, Alemania y Francia ya se están elaborando los borradores de las leyes que han de implementar estas medidas. De hecho La Comisión Europea ha abierto procedimientos de infracción (cartas formales), el 24 de julio de 2025, contra varios Estados miembros que aún no han notificado la transposición completa de la Directiva.

Por qué las empresas deben actuar ya

El riesgo de sanciones no es nuevo, pero ahora adquiere una dimensión mucho más seria. Un fallo en los controles de proveedores, un error en la revisión de clientes o incluso un descuido administrativo pueden derivar en responsabilidades penales, multas millonarias o la pérdida de la licencia para operar en determinados mercados.

Un aspecto especialmente relevante de la Directiva es que no solo se consideran delito las infracciones directas de sanciones, sino también las actividades encaminadas a eludirlas. Esto incluye, por ejemplo, la utilización de empresas pantalla, el desvío de operaciones a través de terceros países, la ocultación del origen o destino real de los bienes, o la manipulación de documentación con el fin de esquivar las restricciones. La norma también contempla los intentos de evasión, de modo que la mera preparación de una operación prohibida ya puede dar lugar a responsabilidad penal.

Además, en un entorno global tan sensible a las sanciones internacionales, tener un programa de compliance eficaz se ha convertido en un elemento diferenciador. No solo protege frente a riesgos legales, también genera confianza en clientes, inversores y socios estratégicos.

Nuestro acompañamiento

Ayudamos a las empresas a cumplir con sus obligaciones legales, no solo asesorándolas sobre las diferentes regulaciones y su aplicación, así como a diseñar e implantar sistemas de compliance internacional adaptados a su realidad y a su sector. Lo hacemos desde una perspectiva práctica, combinando asesoramiento jurídico, revisión de operaciones internacionales, diseño de protocolos internos, formación y seguimiento continuo.

La Directiva 2024/1226 nos recuerda algo fundamental: en materia de cumplimiento, la prevención no es opcional. Es la base sobre la que se construye la seguridad jurídica y la confianza en un entorno internacional cada vez más complejo.

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AUTOR

Asun Cirera

Abogada

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