¿QUÉ COSTE ECONÓMICO TIENE RESCINDIR CONTRATO CON UN AGENTE COMERCIAL EN FRANCIA?

Oct 10, 2022 | Contratos internacionales, Internacional, Legal

La regulación del contrato de agencia comercial está armonizada en el ámbito  de la UE a través de la Directiva 86/653/CEE. En España esta Directiva se  implementó mediante ley 12/1992. En Francia mediante ley  25/06/1991

En virtud de dicha Directiva el agente tiene derecho a una compensación en caso de resolución del contrato sin mediar incumpliendo del agente.

En Francia esta indemnización se configura (a diferencia de España) como una compensación por los daños sufridos por el agente con dicha resolución,  sin ningún límite legal . La práctica jurisprudencial en Francia está concediendo un máximo  de dos anualidades de comisiones, sobre la media de comisiones de los últimos años.

La resolución del contrato debe hacerse con un periodo de preaviso de como mínimo tres meses. En caso contrario el agente también puede reclamar por los daños y perjuicios ocasionados por  una resolución  abusiva, que se concretará en general en las ganancias dejadas de obtener, es decir las comisiones correspondientes a dicho periodo.

 

Asun Cirera

Abogada – Comercio Internacional

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