La regulación del contrato de agencia comercial está armonizada en el ámbito de la UE a través de la Directiva 86/653/CEE. En España esta Directiva se implementó mediante ley 12/1992.
Sea cual sea la ley aplicable, el agente tiene derecho a una compensación por clientela si el agente ha aportado clientes o ha aumentado sensiblemente las ventas de clientes existentes y la empresa sigue beneficiándose de tales clientes.



